Kirchner, Macri y la Corte
A los líderes de gobiernos autoritarios con pobres calidades democráticas les encanta referenciarse en la historia, sea pasada (Irigoyen, Perón), o futura: “la historia me juzgará”. El presente lo atraviesan con excusas (herencia recibida), o autoelogios (nadie hizo tanto como yo). En nuestro país el fenómeno agrega la perdurabilidad en altos cargos públicos de políticos y sus familiares (nepotismos), que genera una continuidad entre pasado, presente y futuro que repite políticas, estrategias y discursos que concluyen en inevitables fracasos.
Para opinar sobre la gravedad económico-social e institucional del momento, se apelará a una regla básica de la propaganda llamada de simplificación, consistente en utilizar palabras cortas y rítmicas que sean fácilmente recordadas. En este caso se adopta la trilogía “Kirchner, Macri y la Corte”, que engloba a dos ex presidentes y a los cinco jueces vitalicios del máximo organismo judicial, quienes constituyen hitos institucionales para entender el debate sobre tres temas interrelacionados, esenciales en el desarrollo de un país: justicia, coparticipación de recursos y corrupción. En cuanto a perdurabilidad en altos cargos, Cristina Kirchner los desempeña desde hace 35 años, cuando en 1995 fue elegida senadora nacional por Santa Cruz; el ex presidente Macri durante 15 años, cuando fuera elegido al frente del gobierno de la ciudad en el 2015. Como jueces en la Suprema Corte, Maqueda tiene una antigüedad de 17 años; Highton y Lorenzetti 16, Rosenkrantz y Rossatti 4.
Identificados los referentes institucionales, es momento de mencionar el contexto político. Existe un principio que indica que las leyes deben cumplirse, por lo que su desconocimiento no es excusa para infringirla. Por ello, para ser asumidas por la sociedad deberían tener continuidad en el tiempo. Más aún en el campo penal, donde su conocimiento se supone ineludible: no se debe violar, robar, matar, estafar, corromper. No es así en nuestro país, donde las leyes y procedimientos procesales se modifican, interpretan, tergiversan, acomodan y de ser necesario se incumplen, según intereses políticos de coyuntura. En especial en casos de corrupción estatal, donde los poderes públicos son juez y parte. El círculo vicioso cierra con legislaciones administrativas y electorales que favorecen la exclusión ciudadana, la perpetuidad política y la impunidad delictiva. Comunicacionalmente predomina el cinismo, con políticos complacientes o cómplices con la impunidad que claman por la independencia de poderes, para horas más tarde presionar públicamente a miembros de la Corte y jueces.
Las anomalías institucionales se acumulan. Los condenados y procesados por corrupción pueden gobernar, legislar y encabezar acciones y reformas judiciales que afectan causas penales que los involucran. Recientemente, el ineficaz Consejo de la Magistratura, con el voto decisivo de la diputada lavagnista Graciela Camaño, promovió el desplazamiento de jueces cuyo traslado el mismo Consejo aprobara hacía dos años, obligando a que la Corte dictamine sobre lo que ya dictaminó hace dos años. El principal problema es que para los corruptos la jurisprudencia no existe. Para justificar estas contradicciones, a la ciudadanía se le inculca que la justicia no tiene validez general, sino se identifica con los gobiernos de turno, sea peronista, macrista o kirchnerista. La llamada “mesa judicial” macrista al menos demostró que llegar a juicios orales públicos para definir culpabilidades e inocencias en tiempos razonables es posible. Es de esperar que la “mesa judicial” kirchnerista no logre desactivarlo.
El fenómeno de la perdurabilidad se reitera en el debate por la coparticipación de la ciudad de Buenos Aires. Los jueces de la Corte Maqueda y Rossatti participaron como convencionales en la reforma constitucional de 1994, que incumplió el mandato de acordar y promulgar un nuevo régimen de coparticipación entre Nación, ciudad de Buenos Aires y provincias, antes de diciembre de 1996. En la práctica, el proclamado federalismo se somete a decisiones del Ejecutivo por decretos, avalados por senadores siempre y cuando no afecten a sus jurisdicciones. Una alternativa sería que la Corte hiciera lugar al amparo de la Ciudad, hasta tanto se cumplimente dicho mandato constitucional. Las curiosidades judiciales no se agotan. Al haber cumplido la edad establecida por la Constitución para jubilarse, la jueza de la Corte Elena Highton presentó un amparo tildando al requisito de inconstitucional.
Ante este panorama, es de desear que el fallo de la Corte, más allá del rechazo o aceptación de las demandas, defina vías claras y compartidas a futuro, que eviten continuar con decisiones fluctuantes alejadas del interés común. Por ejemplo, definir si los traslados de jueces se deciden en el ámbito judicial o en el político. Es verdad que el fallo podría ser ignorado por los políticos. Pero algo es algo.
Buenos Aires, 30 de septiembre 2020