10 mandamientos y Hammurabi
A más de seis meses de asumido, en la madrugada del 28 de junio el gobierno obtuvo la aprobación de sus primeras leyes. En simultáneo se produjeron dos hechos relevantes que relacionan iglesia y justicia, que deben comentarse de modo masivamente comprensible, para lo cual se toman dos hitos históricos. En lo religioso, los 10 mandamientos que según el Éxodo estaban en las tablas que Moisés recibiera de Dios en el siglo XIV a.C., y que establecen cronológicamente la base moral del judaísmo, cristianismo e islam. En el campo de la justicia, el código más antiguo conocido, elaborado por el rey babilónico Hammurabi en el 1750 a.C., que con el propósito de “castigar a los malos e impedir que el fuerte oprima al débil”, regula los actos civiles y penales de la población a través de 289 leyes. Lo destacable de estos antecedentes fundacionales surgidos en épocas en la que predominaba el analfabetismo y regímenes políticos autocráticos, es la claridad de sus normas para su efectiva transmisión y comprensión por todos los sectores por igual, sin capciosas interpretaciones.
La referencia surge ante recientes hechos en lo que confluyen jerarquías eclesiásticas y judiciales, que en sus homilías o dictámenes omiten un mandato común: “No robarás”. Altas jerarquías de la Iglesia Católica recurrentemente se remiten a denunciar la creciente pobreza, sin mencionar los actos de corrupción estatal-privada que la provoca. Por el contrario, se facilitan templos para que corruptos mezclados con ingenuos y feligreses los utilicen para mantener privilegios e impunidades judiciales. Basta recordar a José López en junio de 2016 intentando ocultar un bolso con nueve millones de dólares que definió como “dinero de la política” (la omertá prohíbe dar nombres) en un convento protegido por funcionarios de su gobierno, y del fallecido arzobispo de Mercedes-Luján, Rubén Di Monte. Ni hablar de comidas organizadas en naves de iglesias, para lo cual sobran alternativas viables, pues recuerdan la escena bíblica en la que Jesús echó a los mercaderes del templo. Es obligación de la iglesia defender y socorrer a los más desprotegidos, como enseñó Jesucristo, pero de igual modo recordar el mandamiento “no robarás”, aun cuando algunos corruptos exhiban una cruz colgada en el pecho.
También la justicia olvida este mandamiento para castigar a los que roban recursos del Estado, como haría sospechar el reciente fallo de una sala de la Cámara de Casación Penal en relación a la causa conocida como Cuadernos, que cabe analizarlo cual investigadores amateurs de un supuesto crimen (impunidad judicial), y como en las novelas o películas policiales, concatenar hechos cronológicamente:1) La causa oral Cuadernos surgió en el 2016, y se elevó a juicio oral en el 2021, ante el tribunal integrado por los jueces Castelli, Méndez Signori y Canero; 2) Tras casi cuatro años sin inicio del juicio, en junio la fiscal designada Fabiana León elevó una queja a Casación contra los jueces del tribunal por retardo de justicia; 3) Ante ello, la Cámara integrada por los jueces Hornos y Borinsky le hacen lugar, y ordenan iniciar el juicio a la brevedad; 4) Casi en simultáneo la Cámara integrada por los jueces Mahiques, Barroetaveña y Petrone, dictaminan que Calcaterra no pagó coimas sino aportes electorales, delito que prescribió, sin que la jueza electoral Servini de Cubría lo detectara; 5) El juez Castelli a su vez, integrante del Tribunal Oral, firmó una durísima acusación de interferencia contra la Cámara que sacó a Calcaterra del juicio; 6) Por último, el fiscal de Cámara Raúl Pleé pidió anular dicha sentencia.
Observados los seis antecedentes, es momento de apelar a una enriquecedora virtud infantil en su etapa de aprendizaje, consistente en ser curioso y preguntar: ¿y si esta confusa acumulación de intervenciones actuadas como enojosas tiene el objetivo de seguir demorando el juicio oral? Más allá de esta duda, el planteo de los jueces Mahiques, Barrotaeveña y Petrone arroja interesantes pistas para descubrir corruptos: 1) la causa confirmó que para contratos millonarios aún en gobiernos “nacionales y populares”, las coimas se pagan obligadamente en dólares; 2) el hecho de que Calcaterra, “primo de Macri” según las crónicas, aporte para las campañas electorales de opositores a su primo, confirma que en materia de corrupción no hay grietas; 3) hace viable este supuesto que el controvertido fallo no haya merecido críticas de ningún espacio político, incluido el de Myriam Bregman y Del Caño; 4) que se acepten los dichos de Calcaterra sin pruebas fehacientes (recibos de aportes), explica que la justicia jamás compruebe enriquecimientos ilícitos, único delito en el que el acusado debe demostrar su inocencia.
Sería oportuno entonces realizar un retiro espiritual y formativo entre autoridades eclesiásticas, jueces y fiscales, para debatir cómo actuar ante políticos y sus cómplices que incumplan el séptimo mandamiento: “No robarás”.
Buenos Aires, 03 de julio 2024