Mensajes presidenciales

Como última reflexión política del 2020, es adecuado detenerse en mensajes personales del presidente, al que el sistema republicano le otorga la autoridad máxima para transmitir a la ciudadanía, sin intermediarios comunicacionales que los distorsionen, el derrotero que intentará seguir su gobierno.

Existen diversos tipos de mensajes: subjetivos (no proveen información); narrativos (describen hechos reales o imaginarios); descriptivos (mencionan hechos sin adjetivarlos); argumentativos (intentan convencer). Los de tipo político expresan propuestas y/o acciones, que para convencer debieran tener una secuencia de veracidad y coherencia en el tiempo. De no ser así, el emisor perderá credibilidad, y generará escepticismo y enojo. Pero paradójicamente, es en este campo donde la verdad suele sucumbir a través de la propaganda política que en el siglo XIX se desarrolló para manipular multitudes, utilizando argumentaciones persuasivas pero falsas llamadas falacias, con mayor intensidad cuanto peor sea la calidad institucional del país.  

De los mensajes presidenciales se destacan dos: 1) su crítica a la meritocracia, que relaciona al mérito con el talento y esfuerzo y no con razones de apellido, riqueza, o nepotismo, señalando que “el más inteligente de los pobres tiene menos oportunidades que el más tonto de los ricos”. Ello explicaría que un ingeniero agrónomo que no habla inglés sea canciller, y una antropóloga sea ministra de Seguridad nacional, con los obvios resultados conocidos. 2) afirmó descreer de los planes de gobierno, cuando planificar significa formular objetivos claros y diseñar alternativas posibles para cumplirlos. Justo es reconocer que ambas opiniones, visto el atraso permanente del país y ausencia de horizontes mediatos, son compartidas por vastos sectores políticos.

Pero lo institucionalmente preocupante no ya desde lo discursivo sino desde lo fáctico, son los mensajes presidenciales acoplados a la campaña para lograr la impunidad de funcionarios y cómplices juzgados o procesados por corrupción. La campaña cumple con tres reglas básicas de la propaganda política: 1) la Simplificación, cuya base es el eslogan, que consiste en emitir mensajes inequívocos, breves y simples, que actúen sobre todas las franjas sociales por igual, con independencia de su nivel intelectual. En este caso se emplean los términos “lawfare” y “presos políticos”. 2) la Orquestación, consistente en la repetición incesante por parte de diversos emisores políticos, sociales y culturales del mensaje/eslogan diseñado, que jamás mencionará el término “inocente” o hará referencia a elementos tangibles de prueba. 3) la Unanimidad para propagarlo e instalarlo, sustentada en que la presión de un grupo predomina sobre la opinión individual, y la cantidad otorga veracidad. Por lo que tiene igual valor la opinión de un funcionario, un abogado o simples ciudadanos que no tengan idea de lo que significa “lawfare”. Esta trilogía con fuertes contenidos psicológicos, busca incidir a través de la presión, miedo, negociación o adhesión, sobre actores judiciales y políticos para que en forma activa (actuar), o pasiva (dejar hacer), permita lograr las impunidades buscadas. No en vano las reglas básicas de la propaganda política moderna la desarrollaron el bolcheviquismo, fascismo y nazismo.

El riesgo institucional se incrementa cuando es el propio presidente quien se suma a esta campaña coral en busca de impunidad, (que involucra a integrantes de los poderes ejecutivo, legislativo, judicial y Consejo de la Magistratura), y presiona públicamente a la Corte y jueces, cuestiona la legalidad de la ley del arrepentido, o mimetiza presos políticos con corruptos. En una democracia la inocencia de quienes tienen en juego sus libertades y patrimonios debe surgir de juicios orales y públicos, no de evitarlos. Para seguir la evolución de los acontecimientos se deberán evitar distracciones respecto a “quién manda”; el poder legitimado por el votante lo conforman Fernández en el Ejecutivo, Cristina Kirchner conduciendo el Senado y Sergio Massa la Cámara de Diputados. La atención, en un contexto en el que para lograr objetivos se negociarán privilegios compensatorios, deberá volcarse en el accionar de actores institucionales secundarios necesarios para el objetivo de impunidad, en especial los que se autodefinen como opositores o independientes. Y saber que a los jueces y fiscales que se mantengan firmes en la defensa de los principios de justicia, sin un fuerte apoyo social que los respalde les será difícil contrarrestar el declarado objetivo de impunidad. 

Debidamente interpretados, los mensajes permiten detectar las prioridades de un gobierno. Mientras los de búsqueda de impunidad siguen una estrategia clásica planificada, coherente y consistente en el tiempo, los destinados a informar la política sanitaria de vacunación contra la pandemia son confusos, dispersos y contradictorios. Sin embargo, los estrategas comunicacionales son los mismos.

Buenos Aires, 23 de diciembre 2020

Próxima newsletter: 14 de enero 2021

Indecisos reversibles

El período que define a una generación oscila entre 20 y 30 años, por lo que un siglo contiene a cuatro: abuelo, padre, hijo y nieto. Bajo esta óptica, asombra la perdurabilidad temporal que en esferas de poder tiene nuestra dirigencia política, gremial y empresaria, responsable de la decadencia del país. Un análisis simplista que invoque el sistema democrático, adjudicaría a los anónimos votantes las culpas, sin profundizar en las estrategias políticas que los condicionan, centradas en leyes electorales distorsivas que no existen en otros países, y partidos sustituidos por “espacios políticos” alejados de compromisos comunes, vicios que llevaron a la destrucción de la garantía ciudadana de tener la representatividad establecida en el artículo 22 de la Constitución, cuando expresa que “el pueblo no delibera ni gobierna, sino por medio de sus representantes y autoridades creadas por esta Constitución”.

Legislativamente, esta representatividad que involucra a 257 diputados y 72 senadores, es manipulada en dos instancias: en la etapa de elegir, y posteriormente al momento de ejercer, en ambos casos en el marco de la ley. En la instancia electiva se limita el derecho del ciudadano a elegir por medio de innumerables subterfugios, comenzando por las “listas sábanas”, cerradas o bloqueadas (el orden de los candidatos no puede ser alterado por el elector). Armadas entre pocos dirigentes, abundan en nepotismos, oportunismos y personajes impresentables. Más grave es el engaño poselectoral de muchos al momento de ejercer, cuando una vez asumidos se apartan del compromiso político ante los votantes, para convertirse en librepensadores e integrantes de interbloques de coyuntura que nadie votó con el solo fin de negociar con el oficialismo de turno, que en su condición de tal tiene más contraprestaciones que ofrecer. Los temas a negociar son invariables: obtención de quórum para el tratamiento de leyes, y aportar los votos necesarios para aprobar sus proyectos legislativos. De este modo, quienes dispersamente alcanzaron un 7% del total de votos, pasan a cobrar mayor importancia que una oposición con una representatividad de más del 40 % de los votos.

Para disimular esta anomalía, los reconvertidos en librepensadores aplican el juego dual de la reversibilidad, como se define a “lo que se puede usar tanto en un sentido como en el otro”, actitud que excluye temas de conciencia como el del aborto. Prolongan el misterio hasta las instancias finales para definir sus votos, y solo aportan los necesarios para que el oficialismo obtenga quórum y se aprueben sus leyes, mientras otros se abstienen o votan negativamente. Además, con visión de futuro y a fin de encarar negociaciones preelectorales, se presentan como una tercera vía electoral, pese a la comprobada insustancialidad de esta estrategia, como demostrara recientemente Sergio Massa al incorporarse al kirchnerismo a horas del cierre de listas.

En el Senado, el bloque Frente de Todos lo integran 41 representantes, número que otorga mayoría simple y quórum propio. Por haberse identificado preelectoralmente  ante el votante con Cristina Kirchner, poseen legitimidad de representación. En el caso de Diputados, el Frente de Todos tiene 119, Juntos por el Cambio 116, y la izquierda, que por tradición se opone o se abstiene en las votaciones, tiene 3. El número de 257 legisladores se completa con 19 que conformaron dos interbloques federales, que cual coctelera mezclan diversas pertenencias, sean partidarias como justicialismo y socialismo; personalistas (lavagnistas); provincialistas (cordobeses, misioneros, mendocino y rionegrino), y desertores (tres legisladores que abandonaron Juntos por el Cambio). Un bloque es  conducido por Eduardo Bucca, de la provincia de Buenos Aires, y el otro por José Ramón, mendocino. Estas asociaciones de ocasión que nadie votó, y que en muchos casos no defienden siquiera a quienes dicen representar (caso de los siete diputados porteños kirchneristas en la afectación de los recursos de su distrito), son producto de leyes electorales armadas para distorsionar la proclamada “voluntad popular”, sostenidas en los vicios de no poder elegir individualmente a quienes nos representan y mantener en la indefinición si la banca pertenece al partido o al legislador, entre muchos otros recursos para limitar las participaciones electorales democráticas.

Para esbozar una conclusión, podríamos preguntarnos si para un sistema democrático es más nocivo un bloque compacto y coherente con los derechos y limitaciones otorgadas por sus votantes, o interbloques de coyuntura con negociadores reversibles que nadie votó, que faciliten concentración de poder y políticas alejadas de los declamados “consensos mayoritarios”.

Buenos Aires, 16 de diciembre 2020

Aprendizaje judicial

El fallo de la Sala I de la Cámara Federal de Casación Penal, que con votos de los jueces Barroetaveña y Petrone y disidencia de la jueza Figueroa rechazó el planteo de algunos procesados de declarar inconstitucional la llamada ley de arrepentidos, promueve análisis que exceden a la decisión en sí. La corrupción estatal tiene la dificultad que sus partícipes principales pertenecen a la misma esfera pública de quienes deberán investigarlos, juzgarlos y sancionarlos, por lo que las eventuales complicidades para lograr impunidad pasan a ser institucionales. Es válido entonces preguntarnos cómo se hubiera argumentado si el fallo hubiera aceptado el reclamo de inconstitucionalidad.   

La ley 27304 se aprobó en octubre de 2016, promovida por el actual diputado oficialista Sergio Massa, en respuesta a la indignación social provocada por las imágenes del ex funcionario José López en un convento, e integrantes de la empresa de Lázaro Báez en una oficina de Puerto Madero, en ambos casos con millones de dólares en bolsos.  Cabe suponer que los legisladores poseen una amplia estructura de apoyo jurídico para verificar requisitos de constitucionalidad de las leyes, que en este caso posee exitosos antecedentes internacionales en la lucha contra delitos complejos. En Estados Unidos facilitó confesiones, juicios y condenas en el caso “FIFAGate”, mientras que en nuestro país la jueza Servini de Cubría aún no elevó a juicio oral la causa “Fútbol para Todos”, iniciada en el 2014 por la desaparición de 760 millones de pesos pagados por el Gobierno entre el 2009 y 2015, no ingresados a la AFA. En Brasil y otros países permitió juzgar y condenar a implicados en el caso de sobornos pagados por la empresa constructora Odebrecht, mientras en nuestro país el juez Martínez de Giorgi no elevó a juicio oral la causa “Soterramiento del tren Sarmiento” iniciada en el 2017, en la que ejecutivos de la contratista Odebrecht confesaron haber pagado coimas a funcionarios argentinos.

En cuanto al ámbito judicial, el reclamo arribó a la Sala I con no menos de diez fallos previos que avalaban la ley, entre ellos el fiscal Plee de esta Sala, del fallecido juez Bonadío, sus fiscales Stornelli y Rívolo, y la Sala III. Por lo que la eventual opinión negativa de dos de los camaristas de la Sala I, que hubiera hecho caer la aplicación de la ley, consolidaría una inquietud recurrente: que las divergencias de criterios de constitucionalidad y procedimientos procesales dejen de ser excepcionales para transformarse en habituales, planteando la sospecha que más que jurídicas sean un instrumento de impunidad. Las leyes, para que sean aceptadas por la sociedad deben transmitir un sentido de coherencia de criterios, justicia y equidad. Avala esta inquietud la generalizada previsibilidad del voto de la jueza Figueroa, identificada con la Asociación Justicia Legítima, creada en apoyo de la presentación pública del Proyecto “Democratización de la Justicia”, que realizara la entonces presidenta Cristina Kirchner en el año 2013. Su jactanciosa “legitimidad” que presupone que quienes no adhieren a sus principios ejercen una justicia “ilegítima”, en las actuaciones y declaraciones de sus integrantes exhibe una ideología sesgada que juzga la corrupción según pertenencias partidarias. Ello explica que las expectativas del fallo recayeran solo en los jueces Barroetaveña y Petrone, sin preconceptos ideológicos conocidos.

En lo político, las más altas esferas de gobierno utilizan el engaño y el cinismo para menoscabar y destruir la ley del arrepentido. El emblemático caso de sobornos en el Senado, que provocara la renuncia del vicepresidente Alvarez, posterior caída de De la Rúa y crisis del 2001-2002, se desencadenó a través de dos elementos: un anónimo encontrado en el Senado por el operador Daniel Bravo, y la tardía aparición en el año 2003, a seis meses de asumido el gobierno por Néstor Kirchner, de un arrepentido llamado Mario Pontaquarto, Previo a su denuncia concretada el 12 de diciembre, Pontaquarto mantuvo una reunión en el despacho del Jefe de Gabinete de entonces, con la presencia de Bravo, como consta en las actuaciones, en busca de apoyo. Tras diez años de investigaciones y cerca de 300 testigos, en diciembre de 2013 el Tribunal Oral Federal integrado por los jueces Gordo, Pons y Ramírez, en un fallo de 3.000 páginas, resolvió la absolución de los acusados ante la ausencia de pruebas, destacando en especial los inconsistentes y autocontradictorios dichos del denunciante”. La actual ley del arrepentido, además de romper con las cadenas de silencio, impide que se utilicen a supuestos arrepentidos como instrumento de manipulación política. El Jefe de Gabinete consultado por Pontaquarto se llamaba Alberto Fernández, profesor de derecho penal y hoy presidente.

Buenos Aires, miércoles 09 de diciembre 2020

Tenemos un Estado público?

El concepto Estado refiere a una forma de organización política, social y económica que abarca a todos sus habitantes, lo que le da su condición de público. Su configuración institucional dependerá del sistema de gobierno y forma de ejercer el poder. En democracias de baja calidad, en las que mantener el poder necesita de adhesiones políticas y acuerdos basados en distribución de cargos y prebendas, la creación de organismos desmedidos en cantidad y superfluos en utilidad es una consecuencia. Es el caso argentino.

Una estructura de gobierno supone un armado piramidal que explicite responsabilidades, jerarquías, cargas laborales, salarios, derechos y obligaciones, con recursos humanos idóneos. La primera anomalía aparece en el vértice. En un país de condición fuertemente presidencialista, el presidente no encabeza la pirámide salarial estatal. En cuanto a lo institucional, el organigrama del Ejecutivo lo encabezan los Ministerios, que la Constitución de 1853 estableció en cinco: 1) Interior; 2) Relaciones Exteriores; 3) Hacienda; 4) Justicia, Culto e Instrucción Pública; 5) Guerra y Marina. En 1983 el gobierno democrático asumió con ocho: 1) Economía; 2) Interior; Relaciones Exteriores; 4) Defensa; 5) Justicia y Educación; 6) Trabajo; 7) Salud y Acción Social; 8) Obras y Servicios Públicos, como pilares de las obligaciones del gobierno. El descontrol comienza con la reforma constitucional de 1994, nacida no con un objetivo político modernizador sino personalista: la reelección de Menem. Se negoció la creación de innumerables organismos que daban lugar a “nuevas fuentes laborales políticas”, con grandilocuencias dialécticas que invocaban protección de derechos del pueblo y humanos, de jubilados, la niñez, la mujer, contra la discriminación, contra la corrupción, mejora de la justicia (Consejo de la Magistratura), y mejor representatividad en el Senado (se incrementaron en un tercio sus miembros). Ante lo perentorio de aprobar la reelección, se prorrogó en poco más de un año el tema más importante para el país: acordar un nuevo sistema de coparticipación federal, obligación que jamás se cumplió.

Con el transcurso del tiempo se constató que a mayor cantidad de ministerios, institutos de similar rango, variadas defensorías y representaciones internacionales, mayor fue el subdesarrollo, desempleo y pobreza. Los declamados derechos constitucionales quedaron arrasados por la realidad, pero no así las estructuras que supuestamente los protegían. Tampoco la sociedad tuvo acceso a los cargos estatales a través de concursos públicos, los que son distribuidos entre parientes, amigos y militantes, en una secuencia que carece de “grietas” ideológicas. Cambiemos alcanzó los 21 ministerios, reducidos por fuerza mayor a 11 al final del mandato. El Frente de Todos tiene 20 ministerios, algunos manifiestamente testimoniales como Equidad y Género, o el INADI, ambos carentes de atribuciones ejecutivas y beneficios sociales. Esta multiplicación burocrática se expandió a los organismos de control, sociedades del estado, poderes legislativos y judicial, cuyos integrantes, cínicamente, justifican incapacidades o malas praxis aduciendo carecer de presupuesto y/o personal suficiente.

El problema de esta desmesura es que cuando la “cantidad” no surge de la “necesidad” destruye la “calidad”, trasladándose los sobrecostos a los gobernados a través de impuestos o artilugios presupuestarios, presentados bajo rótulos rimbombantes como Patria, Solidaridad, Riqueza. En la presente pandemia quedó evidenciada la relación virtuosa entre cantidad y necesidad en los casos de médicos, enfermeras, transportistas, policías y docentes al frente de alumnos. Como así también se transparentaron ociosidades prescindibles de miles de coordinadores o creaciones similares, o los 4.500 asesores legislativos. Por ello las estructuras administrativas no deben ser analizadas inicialmente bajo ópticas económicas sino de “calidad” institucional, considerando su racionalidad instrumental, capacidad operativa, eficacia de resultados y equidad social. De no reformular al Estado bajo estos parámetros, se repetirán políticas que se reflejan en las pirámides jubilatorias y burocráticas, en las que los responsables de los fracasos ubicados en el extremo superior, implementan ahorros a costa de los ubicados en los niveles inferiores.

Un modo de abordar la utilidad de organismos y cargos es prestar atención a sus denominaciones, que cuanto más extensas sean a fin de explicar su función, más innecesaria será su existencia. Por ejemplo, el funcionario Fernando “Chino” Navarro del Movimiento Evita, tiene el cargo de Secretario de Relaciones Parlamentarias Institucionales y con la Sociedad Civil de la Jefatura de Gabinete.  

Buenos Aires, 02 de diciembre 2020