De un tuit a un juicio político

Las crisis recurrentes deben analizarse en el marco de un contexto temporal definido, que incluya un pasado reciente generacionalmente conocido por gran parte de los ciudadanos, identifique causales de los males presentes, y obligue a definir un futuro cercano, dado que las anécdotas puntuales, aún valederas, no son sino secuencias de una forma de ejercer el poder público.  En consecuencia, para intentar entender cómo con una crisis económico-social inédita en los últimos 30 años, los debates se concentran en acusaciones entre funcionarios de integrar mafias estatales (en muchos casos reales), y encarar un extemporáneo juicio a los integrantes de la Corte, se considerará el período comprendido entre  el 18 de mayo de  2019 hasta diciembre del 2024, dado que el ciudadano con su voto no podrá evitar que muchos de sus responsables continúen actuando en el año 2024 y subsiguientes. En este ejercicio los antecedentes y hechos concretos deben primar por sobre promesas, propagandas banales y frivolidades discursivas.

En mayo de 2019 Cristina Kirchner anunció por tuit que la fórmula electoral de su Frente se conformaría con Alberto Fernández como precandidato a presidente y ella a vicepresidenta. Al no ser objetada la decisión por sus aliados, ratificó su rol de líder indiscutida de un espacio con aura de progresismo de izquierda rentada, y dejó expuesta la mediocridad de quienes la rodean, gobernadores inclusive, expectantes de contar con su bendición para ambiciones futuras.  Semanas más tarde, Fernández acordó con Massa su incorporación al Frente de Todos, que resultó triunfante en las elecciones presidenciales. En ese entonces la decisión de la vicepresidenta motivó una hipótesis: Fernández, carente de estructura para competir por espacios de poder y con experiencia administrativa, aportaba su condición de lobista judicial para lograr al menos la impunidad de la vicepresidenta y su entorno familiar; y Massa contribuía con su condición de lobista en círculos empresariales relacionados con negocios con el Estado. Pero más allá de esta hipótesis, ya entonces surgieron constataciones  y repercusiones partidarias inmediatas.  

Los antecedentes de centroderecha de Fernández y Massa, mostraron que como en las mafias, en los acuerdos para mantener poder y/o negocios las ideologías o viejos agravios no constituyen obstáculos, aunque encierran un riesgo latente que describiera Maquiavelo hace más de 500 años: la traición de los mercenarios. Asimismo en cuestión de horas, Cristina Kirchner al lograr la licuación del peronismo autoproclamado federal, con Massa saltando al kirchnerismo y Pichetto como vicepresidente de Macri, demostró que opciones serias de gobierno no pueden armarse en pocos meses, o con figuras emergentes disruptivas carentes de estructuras nacionales consolidadas. Pero la enseñanza más grave surgió una vez iniciada la gestión de gobierno: tampoco pueden ofrecer coherencia para gobernar, más aún cuando se carece de un programa de gobierno sólido, compartido y explicitado, espacios mayoritarios que incorporen a oportunistas que se suponen útiles para ganar, pero un lastre para gobernar. Transcurridos casi cuatro años de emitido el tuit y vistas las consecuencias, es importante debatir en la presente campaña electoral si es admisible que la legislación vigente permita que los integrantes de una fórmula presidencial estén procesados o condenados por delitos contra el Estado, considerando su potestad de elegir a todos los integrantes de organismos de control que deben defender los intereses del Estado, y no el de quienes los designan. Los daños institucionales quedaron actualmente expuestos con un gobierno que en defensa de prioridades personales, dedicó al menos la mitad de su gestión para operar sobre el campo judicial en busca de impunidad por actos de corrupción estatal-privada, en detrimento de lo que exige la situación económico-social.

Para evitar esta inconsistencia que entre otros efectos promueven campañas falaces como “Cristina (o quien fuere) está proscripta”, se debería debatir que, considerando antecedentes de países desarrollados, un procesado o condenado esté impedido de integrar cuanto menos una fórmula presidencial, para que sus integrantes y adherentes no puedan utilizar todas las estructuras ejecutivas, legislativas y judiciales disponibles para atacar, degradar o sustituir a quienes pretendan actuar eficazmente en causas de corrupción contra el Estado. La ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional, en su inciso c) del Artículo 5° señala que no podrá ingresar a la administración “el que tenga proceso penal pendiente que pueda dar lugar a condena por los delitos dolosos o contra la Administración Pública Nacional”. En esta reflexión no se menciona a la insulsa ley de Ética aplicable a quienes ejercen la función pública surgida por imposición de la Reforma constitucional de 1994, porque en las mafias el término ética es reemplazado por el término códigos.

Buenos Aires, 08 de febrero 2023