Aprendizaje judicial

El fallo de la Sala I de la Cámara Federal de Casación Penal, que con votos de los jueces Barroetaveña y Petrone y disidencia de la jueza Figueroa rechazó el planteo de algunos procesados de declarar inconstitucional la llamada ley de arrepentidos, promueve análisis que exceden a la decisión en sí. La corrupción estatal tiene la dificultad que sus partícipes principales pertenecen a la misma esfera pública de quienes deberán investigarlos, juzgarlos y sancionarlos, por lo que las eventuales complicidades para lograr impunidad pasan a ser institucionales. Es válido entonces preguntarnos cómo se hubiera argumentado si el fallo hubiera aceptado el reclamo de inconstitucionalidad.   

La ley 27304 se aprobó en octubre de 2016, promovida por el actual diputado oficialista Sergio Massa, en respuesta a la indignación social provocada por las imágenes del ex funcionario José López en un convento, e integrantes de la empresa de Lázaro Báez en una oficina de Puerto Madero, en ambos casos con millones de dólares en bolsos.  Cabe suponer que los legisladores poseen una amplia estructura de apoyo jurídico para verificar requisitos de constitucionalidad de las leyes, que en este caso posee exitosos antecedentes internacionales en la lucha contra delitos complejos. En Estados Unidos facilitó confesiones, juicios y condenas en el caso “FIFAGate”, mientras que en nuestro país la jueza Servini de Cubría aún no elevó a juicio oral la causa “Fútbol para Todos”, iniciada en el 2014 por la desaparición de 760 millones de pesos pagados por el Gobierno entre el 2009 y 2015, no ingresados a la AFA. En Brasil y otros países permitió juzgar y condenar a implicados en el caso de sobornos pagados por la empresa constructora Odebrecht, mientras en nuestro país el juez Martínez de Giorgi no elevó a juicio oral la causa “Soterramiento del tren Sarmiento” iniciada en el 2017, en la que ejecutivos de la contratista Odebrecht confesaron haber pagado coimas a funcionarios argentinos.

En cuanto al ámbito judicial, el reclamo arribó a la Sala I con no menos de diez fallos previos que avalaban la ley, entre ellos el fiscal Plee de esta Sala, del fallecido juez Bonadío, sus fiscales Stornelli y Rívolo, y la Sala III. Por lo que la eventual opinión negativa de dos de los camaristas de la Sala I, que hubiera hecho caer la aplicación de la ley, consolidaría una inquietud recurrente: que las divergencias de criterios de constitucionalidad y procedimientos procesales dejen de ser excepcionales para transformarse en habituales, planteando la sospecha que más que jurídicas sean un instrumento de impunidad. Las leyes, para que sean aceptadas por la sociedad deben transmitir un sentido de coherencia de criterios, justicia y equidad. Avala esta inquietud la generalizada previsibilidad del voto de la jueza Figueroa, identificada con la Asociación Justicia Legítima, creada en apoyo de la presentación pública del Proyecto “Democratización de la Justicia”, que realizara la entonces presidenta Cristina Kirchner en el año 2013. Su jactanciosa “legitimidad” que presupone que quienes no adhieren a sus principios ejercen una justicia “ilegítima”, en las actuaciones y declaraciones de sus integrantes exhibe una ideología sesgada que juzga la corrupción según pertenencias partidarias. Ello explica que las expectativas del fallo recayeran solo en los jueces Barroetaveña y Petrone, sin preconceptos ideológicos conocidos.

En lo político, las más altas esferas de gobierno utilizan el engaño y el cinismo para menoscabar y destruir la ley del arrepentido. El emblemático caso de sobornos en el Senado, que provocara la renuncia del vicepresidente Alvarez, posterior caída de De la Rúa y crisis del 2001-2002, se desencadenó a través de dos elementos: un anónimo encontrado en el Senado por el operador Daniel Bravo, y la tardía aparición en el año 2003, a seis meses de asumido el gobierno por Néstor Kirchner, de un arrepentido llamado Mario Pontaquarto, Previo a su denuncia concretada el 12 de diciembre, Pontaquarto mantuvo una reunión en el despacho del Jefe de Gabinete de entonces, con la presencia de Bravo, como consta en las actuaciones, en busca de apoyo. Tras diez años de investigaciones y cerca de 300 testigos, en diciembre de 2013 el Tribunal Oral Federal integrado por los jueces Gordo, Pons y Ramírez, en un fallo de 3.000 páginas, resolvió la absolución de los acusados ante la ausencia de pruebas, destacando en especial los inconsistentes y autocontradictorios dichos del denunciante”. La actual ley del arrepentido, además de romper con las cadenas de silencio, impide que se utilicen a supuestos arrepentidos como instrumento de manipulación política. El Jefe de Gabinete consultado por Pontaquarto se llamaba Alberto Fernández, profesor de derecho penal y hoy presidente.

Buenos Aires, miércoles 09 de diciembre 2020