Jueces al aire libre

Las alternancias entre gobiernos de distinto signo político, tienen dos efectos inmediatos: la pérdida de poder por parte de quienes lo usufructúan, y más importante, afectan a las estructuras de corrupción estatal-privada que se conforman durante ejercicios prolongados del poder. No en vano solo quienes lo ejercen reclaman “necesitar veinte años de gobierno para producir cambios”. Nuestro país, cuya decadencia económico-social está asociada a castas políticas y corporativas perennes, confirma la teoría.

La alternancia producida en el 2015, sumó al habitual juego de denuncias e impunidades hechos emblemáticos, como José López ocultando un bolso en un convento con nueve millones de dólares; integrantes del grupo Lázaro Báez filmados contando millones de dólares, y aparición de “fotocopias” de ocho cuadernos del chofer Centeno detallando los circuitos recaudatorios de coimas. En paralelo se aprobó la ley llamada del “arrepentido”, y la sociedad pudo comprobar que investigaciones complejas como la causa cuadernos se pueden realizar en menos de dos años, y que es posible llegar a juicios orales y públicos en plazos razonables. El propio poder judicial había producido un aporte esclarecedor, al confesar que no existe una única justicia, sino dos: una autoproclamada “legítima”, y por oposición, otra que no lo es. Respecto a esta anomalía, el ex juez de la Corte Antonio Boggiano señaló que un juez no está habilitado a realizar una superación de la ley, por lo que la justicia “legítima” es una justicia de partido, en donde no hay verdad sino intereses. Las castas por su parte, mantuvieron la legislación que permite a procesados y condenados gobernar, y poner a sus abogados defensores en organismos de control o cargos judiciales. En este contexto, el retorno en el 2019 de quienes gobernaran hasta el 2015 no debe entenderse como un retroceso en la búsqueda de un saneamiento institucional, sino inserta en una secuencia temporal inevitable y necesaria para arribar a cambios de fondo definitivos. En democracia, a diferencia de las revoluciones o dictaduras, las transformaciones no son instantáneas; se producen por efectos de saturación, descomposición o hartazgo social.

Por ello en cuanto a corrupción, la atención pública deberá centrarse en el poder judicial, entendido no como una abstracción global, sino identificando a peritos oficiales, fiscales y jueces intervinientes en cada caso, evaluándolos no solo por sus fallos, sino por sus antecedentes y tiempos procesales. Para evitar evaluaciones subjetivas, sería oportuno diseñar una ficha síntesis de cada causa distribuidas a través de medios de comunicación y organizaciones no gubernamentales, con la siguiente información de base: 1) Fecha de inicio de la causa, con juez y fiscal actuante; 2) tiempo de investigación y resolución final, sea de desestimación o elevación a juicio oral; 3) en caso de juicio oral, integrantes del tribunal, fechas de inicio y de sentencia. Informaciones más detalladas pueden obtenerse a través de portales web específicos. Cabe ejemplificar con algunos casos recientes.  

1) El juez Daniel Obligado denegó a Boudou en diciembre de 2020 un pedido de prisión domiciliaria. Entrevistado de inmediato por sus defensores Peñafort y Rúa, Obligado modificó su decisión. Condenado a cinco años y diez meses, Boudou cumplió escasos meses en prisión.

2) En el año 2007 se inició en el juzgado de Servini de Cubría una causa por fraude a la administración pública contra la ex Secretaria de Medio Ambiente Romina Picolotti. Quince años más tarde, el tribunal oral conformado por los jueces Sabrina Namer, Giménez Uriburu y Guillemo Costabel, e intervención del fiscal Luciani, la condenó a tres años de prisión en suspenso y a devolver siete millones de pesos.

3) En noviembre de 2016 el fallecido juez Bonadío elevó a juicio oral la causa por defraudación conocida como Plan Qunita. En septiembre de este año el tribunal oral integrado por Grunberg, Michilini y Basílico, por recomendación de la fiscal Gabriela Baigún y peritos de la Corte, sobreseyó a los 18 acusados.  

4) En la causa por encubrimiento en la firma del Memorándum con Irán iniciada en el juzgado del fallecido juez Bonadío, el tribunal oral integrado por los jueces José Michilini, Graciela López Iñíguez y Daniel Obligado sobreseyeron en octubre a todos los acusados sin citar a juicio, por entender que no hubo delito.

Cabe recordar la frase del legislador ateniense Solón en el año 594 a. C.: ““Las leyes son como las telarañas. Atrapan a los más débiles, pero los más fuertes pueden escapar”

Buenos Aires, 20 de octubre 2021